miércoles, 16 de noviembre de 2016

El derecho fundamental al acceso al agua.

A pesar de la ola neoliberal de 25 años de gobiernos, el Congreso de la República ha legislado conforme al Estado Social de Derecho. El día de hoy, de los 70 congresistas presentes (son 102) votaron los 70 afirmativamente y no hubo ningún voto en contra del acto legislativo 11 de 2016, que estipula el derecho al agua como un derecho humano. Pareciera una contradicción de la política económica en Colombia, pero esta iniciativa blinda más al sistema económico que la real garantía al pueblo. Paso a describir algunos aspectos que así lo indican:


  • Lo primero que afirma el artículo aprobado es “El acceso al agua es un derecho humano”. Se trata del acceso al agua, la norma no estipula un mínimo vital, ni gratuidad, ni ninguna consigna que haga material el acceso al agua al pueblo miserable o pobre. Así las cosas, continuará siendo un derecho social y progresivo por falta de contundencia y compromiso con las poblaciones vulnerables. Así, nada cambia.
  • El artículo también afirma que es “estratégico para el desarrollo social, ambiental, económico y cultural de Colombia”. Aquí puede evidenciarse que continúa una lucha del agua como recurso, no solo para el aprovechamiento humano de supervivencia, sino también para el desarrollo. El mensaje es contundente, el recurso del agua debe ser maximizado.
  • Además, se afirma “Su uso prioritario es el consumo humano sin detrimento de su función ecológica”. Esta tal vez es la cláusula más comprometida con los pobres y miserables. Si hay alguna situación que conlleve a competir el recurso entre el consumo básico de las personas y otros usos, será prioritario el consumo humano. Nada nuevo, ya se encontraba esta norma en la legislación colombiana. Nada cambia, la norma no da ninguna clase de protección a los pobres y miserables en contra de los grandes emporios económicos que contratando geólogos, biólogos, ingenieros de todas las clases, maquillan informes técnicos y científicos para hacer mostrar que sus proyectos empresariales no afectan el consumo del agua. Véase los proyectos mineros e hidroeléctricos en Colombia con consecuencias como contaminación de fuentes hídricas y desplazamientos forzados ambientales por la desviación de cuencas.
  • Finalmente dice el artículo aprobado “El Estado colombiano debe garantizar el acceso al agua, prevenir el deterioro ambiental y contaminante, velará por la protección, conservación, recuperación y manejo sostenible del recurso hídrico y de los ecosistemas”. La crisis más importante ambiental en décadas la tenemos en la actualidad a pesar de 25 años de vigencia de la Constitución verde de Colombia, y eso se da gracias a que el SINA Sistema Nacional Ambiental, está al servicio del poder ejecutivo de Colombia, que tiene compromisos con la globalización capitalista, y por tanto, al servicio de los proyectos empresariales en contra de la conservación de la naturaleza, la soberanía alimentaria, y por supuesto, los pobres y miserables.


En Conclusión, el artículo confirma lo que hay en la legislación, no cambia el modelo económico ni las instituciones públicas, continúa con el enfoque de juego de intereses que se ha instalado desde 1991, permite la expansión neoliberal, privatizaciones y modelo excluyente, no da herramientas al pueblo para protegerse de los grandes abusadores de la economía como geólogos, biólogos, y toda clase de ingenieros.

Es una gran conquista ambientalista, claro, para ser Colombia, pero ya entiendo porque los 70 Senadores votaron unánimente a favor del acto legislativo.

Alejandro Guzmán Rendón

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